Como hacer crecer mi pequeña empresa - I Parte

Dos elementos son fundamentales para sacar adelante cualquier emprendimiento: Pasión y Coraje. Si los tiene y esta luchando para hacer crecer su negocio, ahora es tiempo entonces de darle una mirada un poco más profunda al interior de su empresa.

Para ello siéntese y tome lápiz y papel (siempre aconsejo esto) va a tener que responderse así mismo algunas preguntas. Muchas de ellas le van a ayudar a clarificar su panorama. Otras tal vez le obliguen a replantearse lo que esta haciendo.

¿Esta decidido a dar una mirada valiente al interior de su organización?

Empecemos con orden entonces:

I. Vamos a etiquetar esta parte como: Comercialización.

Hablemos de sus Ventas y sus clientes actuales.

Para poder vender tiene que conectarse con su mercado objetivo y para ello tiene que saber cuál es, así que mi primera pregunta es:

1. ¿Sabe cuál es tu público objetivo?
Es decir, a qué tipo de empresa le calza lo que yo ofresco, como anillo al dedo, ¿mineras, constructoras, de servicios, clínicas, etc.? Defínalo, visualícelo claramente, sepa cuál es.

Imagine que va de pesca al río y sólo usted sabe cuál es el mejor sitio, aquel donde se encuentra la mayor cantidad de peces hambrientos, le va a ser más sencillo lanzar la carnada y pescar...¿No es cierto?

Ahora veamos como se esta contactando con sus potenciales clientes:

2. ¿Tiene un equipo de ventas? 

¿Cómo trabajan?, sino lo tiene ¿Por qué? ¿Lo esta administrando bien? ¿Esta aprovechando las técnicas de ventas adecuadamente?

3. ¿Qué hace para darse a conocer? 

¿Cómo se promociona? ¿Qué medios utiliza? ¿Con que frecuencia?

4. ¿Cómo esta generando referidos?

5. ¿Cómo esta midiendo la efectividad de sus acciones? 

(¿Las mide?)

Ahora permítame hacerle una pregunta que siempre se la hago a todos mis
clientes y lo hago con la única intención de poder ayudar:

6. ¿Por qué le tienen que comprar a Usted y no a su competencia?
Esta pregunta es muy importante y tiene mucha profundidad, de ella se
va a desprender como se diferencia del resto.


Tiene bastante que responder y reflexionar, suficiente por el momento. En la próxima edición completaremos la segunda parte de esta publicación. Así que si le gusto hasta aquí compártalo. Y si quiere aprender como gestionar su pyme de manera profesional y de la mano conmigo de clic aquí: http://bit.ly/TugdLS

Comente su caso, envíenos sus dudas o preguntas aquí en el Blog o en nuestra página en Facebook: www.facebook.com/secretospyme

Les deseo el mayor de los Éxitos con su emprendimiento

Comentarios

Alexia ha dicho que…
Hola: Muy bueno el post, los leo hace algunos meses. Tengo una consulta: Soy odontóloga y quiero importar de China equipos odontológicos para mi uso (no para comercializar)entonces ¿es necesario inscribirme en digemid y sacar registro sanitario? Espero puedas contestarme xq es urgente, muchas gracias
Luis Vallejos ha dicho que…
Hola Alexia, Gracias por tu comentario. Todo aquello que tiene contacto con las personas requiere de autorización, independientemente si lo vas a comercializar o utilizar.

Revisa en este link con la descripción del producto o si tienes la partida arancelaria, a todo lo que esta afecto y las restricciones: http://www.aduanet.gob.pe/itarancel/arancelS01Alias

Éxitos y Saludos,
Luis
Alexia ha dicho que…
Hola Luis:
Gracias por tu respuesta, quisiera hacerte otra pregunta: en esa pagina de la Sunat he visto q de acuerdo al TLC con China dice: Arancel base: 0% y Porcentaje liberado ADV 100% ¿que siginifica? gracias de antemano, que tengas un lindo dia.
Luis Vallejos ha dicho que…
Hola nuevamente..!! Lo que esto indica es que esta liberado de arancel (esto es cero por la firma del TLC). Esto se ve reforzado con el 100% ADV, es decir, no pagas Ad-Valorem. Hey..buenas noticias..eh? :-)

Si deseas ayuda profesional, me lo haces saber. Me puedes encontrar en Facebook también: www.facebook.com/secretospyme

Saludos y Exitos,
Luis
Anónimo ha dicho que…
hola soy eli y quiero k me ayudes pork en el trabajo de mi pareja pues le pagan por porcetaje es decir por metro una cierta cantidad y rl trabajo se trata de perforar en empresa minera formal entonces recien esta trabajando dos semanas no quieren pagarñle por recibos de honorarios le dicen k debe crear una empresa cuando el solo tiene a cargo cuatro trabajadores muchas gracias antemano
Anónimo ha dicho que…
Una preguntaa, con respecto a la ultima respuesta que dio, entonces no pagare el adv. al ingresar el producto al pais verdad?
Luis Vallejos ha dicho que…
Hola Eli: Si tu esposo tiene personas a su cargo y realiza actividad comercial, por ley no corresponde entregar recibos de honorarios, porque estos son solo para rentas de 4º categoría y tu esposo realiza actividades de 3º categoría de ahí que tendría que entregar factura. Saludos,
Luis Vallejos ha dicho que…
He mencionado infinidad de veces que no voy a responder preguntas bajo el rótulo de anónimo..!!
Unknown ha dicho que…
Estimado Luis Vallejos, navegando por la web enb busca de una respuesta sobre impuestos que debo de pagar, encontre tu blog que por cierto esta muy interesante.
Pero mi tema, si bien es cierto no es concretamente sobre PYME, si tiene algo que ver con un producto importado y la sunat.
El punto es que compre un equipo celular, y lo retuvieron en adunas por una cuenstion de permiso de internamiento del MTC, el mismo que ya tramite y ya voy a recoger, pero luego viene el hecho que me han comunicado que debo de pagar un impuesto, buscando en sunat, encontre que el aparato en cuenstion esta catalogado dentro de un rubro 8517120000 y le corresponderia el 18%, pero en esa parte tmb dice que estaria afecto a un convenio , TLC con EEUU para ser mas exacto, y ahi es donde dice arancel base 7% y ADV liberado 100%, entonces, que es lo que deberia pagar, el 18% o el 7%??
Mucho te agradecere poder ayudarme a tener mas claro este tema.
Atte
Juan Arcos.-
Luis Vallejos ha dicho que…
Hola Juan: Tu importación me lleva a darte una recomendaciób y un comentario.

Recomendación
¿Cuál serían las Lecciones Aprendidas de esta importación? Son varias pero te doy una: Nunca importes algo, sin previamente revisar si tiene restricciones o prohibiciones, eso te evitará tramites de última hora (MTC) y te ahorrará dinero (días extras de almacenaje)

Comentario:
Tienes que revisar bien los impuestos a pagar, el 18% que mencionas puede ser el IGV y de eso no se libra nadie. Lo segundo el ad-valorem (ADV) es el que mencionas que esta liberado, pero para ello requieres demostrar que el bien es americano y no chino, eso tienes que haberselo pedido a tu proveedor (ojo que en USA también venden productos fabricados en China, por lo que asegúrate 1° de que sea americano).

Saludos y nos vemos en Facebook: fb.com/secretospyme
JASMINE ha dicho que…
Hola,

Felicito tu portal, y espero me puedas ayudar. Estoy tratando de traer 15 paquetes de juguetes de trenes eléctricos para niños, como ves es una cantidad pequeña, y me esta costando USD800 total, el juguete es de Brasil.

Según la SUNAT me dice que debería pagar 0% de arancel base y 90% de pocertanje liberado de Adv (por el MERCOSUR). Por tanto, cuando el producto llegue deberé pagar:

1. 18% del total USD800 por IGV?
2. 10% del total USD800 por arancel Adv?
3. ó 10% del total de USD800 + USD Flete, y los 18% del IGV?

Si es para regalar y vender a amigos lo que quiero traer, me descuentan IGV?.Favor agradecería tu ayuda.

Slds, Jasmine
Luis Vallejos ha dicho que…
Hola Jasmine: Si la revisión que has realizado es correcto y tienes seguridad en la partida arancelaria; y esta adicionalmente indica que el arancel es cero..entonces no debes de pagar nada.

Tus cálculos deberían ir por:
FOB $800
(+ Seguro y Flete)
IGV 18%
Percepción 10%

De todas maneras pagas el IGV, así regales lo que has comprado.

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Unknown ha dicho que…
Hola Luis! tengo varias dudas,espero que me puedas orientar. No comprendo bien como se aplica el arancel base y el porcentaje liberado. Por ejemplo si al producto que menciona Jasmine el arancel base resulta 9%, este valor reemplazaría al porcentaje del Adv, cierto?.. pero si el adv de la sunat vale 5% entonces no me convendria aplicar el arancel base que me sugiere el mercosur, es esto opcional o estaria obligada a trabajar con este arancel para efectuar los calculos?
Luego sobre que valor calcularia el IGV y demas impuestos?
Ademas, la percepcion que se tiene que pagar es:

10%(CIF + Total de tributos)

Es siempre asi y estoy obligada a pagar este costo para sacar mis productos de la aduana?

Agradezco mucho tu buena disposicion para responder estas inquietudes. Muy agradecida con la informacion que brindas en tu blog.Es muy bueno, te felicito.
Luis Vallejos ha dicho que…
Hola Berenice:

Para que tengas acceso a cualquier beneficio de exoneración o reducción del arancel, lo primero que tienes que hacer es contar con el certificado de origen. Si no lo tienes, entonces, no gozas de ese beneficio...esto es algo optativo, no mandatorio. Aunque se supone que los acuerdos y firmas de tratados han sido hechos para beneficio del importador, ten en cuenta eso.

La base imponible del IGV es el valor CIF + Ad-valorem (y si tu producto esta gravado con el ISC entones también lo sumas, ya que
forma parte de la base imponible).

Siempre y cuando tu mercaderia que importes sobre pase el valor de US$ 200 entonces pagas impuesto.

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Saludos,
Unknown ha dicho que…
Hola, felicitaciones por tu blog es de gran ayuda, tengo 03 consultas:

1. Estoy tratando de importar 4 Play Station 4 (PS4) de EEUU

y en la subpartida de videoconsolas figura:

* Ad/Valorem = 6%
* IGV = 16%
* Impuesto promoción Mun = 2%
* Seguro = 2.5%

Sin embargo cuando entro a la sección "convenios" aparece lo siguiente:

EE.UU.
802 - ACUERDO DE PROMOCION COMERCIAL PERU - EE.UU.

01/01/2012-31/12/9999
* Arancel Base = 12%
* Porcentaje liberado ADV = 100%

Que significa?

2.Las videoconsolas no tienen restricciones, sin embargo debo tener algún documento del proveedor que mencione que el producto es original o no es necesario?

3. Sabes cual es la subpartida para Drones y si tienen alguna restriccion?

De antemano agradezco tu ayuda

Saludos
Luis Vallejos ha dicho que…
Hola Jessik. Ahí van las respuestas:

1. Significa que si es hecho en USA entonces esta exonerado del ad-valorem por el TL firmado. No te hagas mas problema. Lo demás es tecnicismos (significa por ejemplo que la partida originalmente ha tenido un arancel base del 12%, que posteriormente fue reducido y que por efecto de los TLC esta exonerado...pero si importas de un país con el que no hay TLC, pagas el 6%)

2. Necesitas el Certificado de Origen.

3. Los drones (nombre comercial) en realidad son aviones no tripulados y tendrías que buscar bajo esa modalidad. Aunque te sugiero que por ser productos nuevos, vayas directamente a Aduanas y realices tu consulta ahí...evita sorpresas desagradables.

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Saludos,
Unknown ha dicho que…
Hola, estaba viendo tu blog, me parece muy bueno, sin embargo hay algo que no entiendo muy bien, estoy viendo la posibilidad de importar de china proteina de suero de leche y coloqué el número de la linea arancelaria en la pagina de la sunat y salio lo siguiente:
Ad / Valorem 6%
Impuesto Selectivo al Consumo 0%
Impuesto General a las Ventas 16%
Impuesto de Promoción Municipal 2%
Derecho Específicos N.A.
Derecho Antidumping N.A.
Seguro 1.5%
Sobretasa 0%
Unidad de Medida:

Sin embargo aparece con un codigo de arancel base: 9 categoría A de exoneracion arancelaria por el TLC con china. En otro lado lei que habia exoneraciones, no se que se debe pagar. Que es lo que se debería pagar, está exonerado o no? Gracias
Luis Vallejos ha dicho que…
Hola Daniel: Cerciórate que la Partida Arancelaria (PA) que has
visto corresponde a la mercancía que vas a comprar.

Si ese producto o PA le corresponde la exoneración, entonces
tienes que saber si la exoneración es parcial o total. Es decir,
es del 100% o de un porcentaje menor. Todo esto lo puedes ver en
el portal de Aduanas.

En conclusión, si has visto que esta exonerado, pues no vas a
pagar el 6%, lo único que tienes que saber es si, no paga nada
(exoneración del 100%) o pagas menos que ese 6% (exoneración
parcial)

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Saludos,
Juan Castro Chipiona ha dicho que…
Hola Luis
Primero, felicitarte por tu blog, que nos es para muchos de gran ayuda.
Tengo una consulta, sobre calculo de lo que me costaría traer una mercadería desde España. Son cuchillos de cocina (PA: 8211.10.00.00).
Si el valor CIF de la mercadería es (digamos) USD 10'000.00 (mercadería + flete + seguros). ¿Cuánto voy a pagar para ingresar la mercadería?
Valor CIF: 10'000.00
AD/Valorem 6% (27.27% LIBERADO) = 436.38
ISC 0% = 0
IGV 16% = 1'600.00
I.P.M. 2% = 200.00
Seguro 2,75% = 275.00
¿Entonces tengo que pagar por mi mercadería con valor CIF USD 10'000.00, tasas y aranceles por valor de USD 2'511.38?
¿Supongo que me falta calcular un 2% del valor CIF para el agente de aduanas?

Suponiendo que los cálculos que he hecho son correctos, una vez pagadas las tasas y retirada la mercadería, la pondré en venta. ¿A cada cuchillo que venda, se le vuelve a aplicar un 18% de IGV? Si ya pagué un 16% de IGV, cuando haga mi declaración de impuestos, tengo que pagar otros 18% o solamente la diferencia (2%)?

Muchas gracias por aclarar mis dudas. Es dificil encontrar información que nos permita calcular los riesgos económicos de una importación.

Saludos,
Juan Castro


Luis Vallejos ha dicho que…
Hola Juan, Gracias por tus comentarios..!!

La respuesta que me pides es sencilla, pero larga. Así que por
favor, envíame un email a: lvallejos@bostoncorporation.com y
tan solo copia y pega lo que has aquí escrito.

Por email te puedo responder más apropiadamente...ok?

Por lo pronto, no te preocupes por el IGV, el que pagas a aduanas,
lo deducirás del que cobras cuando vendes cada cuchillo.

Luego el cálculo de tus gastos de aduana, no estan muy lejos de
la realidad, pero hay que afinarlos tan solo un poco, aunque ten
en cuenta que para proyectar, nos basta con las cifras gruesas y
siempre es preferible ser conservadores.

Listo...

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Saludos,